DUDAS

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Raquel C @camoens2011.1f.rcf
hace 2 horas General

Buenos días,

Acabo de ver qué la empresa está en preconcurso de acreedores y que han cerrado todas sus clínicas en España, motivo por el que se ha creado este hilo.

Yo contacté con la empresa a través de su propio correo (info@360clinics.es) en abril de 2025 solicitando toda mis datos (contratos, pagos, historial clínico, control de sesiones, etc) tras el cierre de la clínica del CC Plenilunio y el traslado automático a la clínica del CC. Palacio de Hielo debido a que me suponía unas 2h en transporte público (ida y vuelta) en total, para sopesar si eran pocas sesiones las que me quedaban o si eran muchas solicitar el reembolso parcial.

Sólo me daban largas, facilitándome información incompleta y todo el rato diciendo que no se hacen reembolsos por sus políticas. Debido a que no me facilitaban la información para poder hacer la reclamación, decidí remitir mi petición al responsable tal y como figuraba en la propia web, es decir a AQUAESTETICA CONSULTORES SL, a través del correo dpd@aquaestetica.es. A principios de mayo de 2025, solicito, entre otros datos, “Copia de mis datos personales que son objeto de tratamiento por ese responsable” y “Copia de cualquier otra documentación que contenga datos personales, tales como contratos, facturas, ficha personal con indicación de los servicios contratados, así como ficha de control de sesiones realizadas con indicación de la fecha y la zona realizada en cada sesión.”, vía correo electrónico, recibiendo el postmaster de que se ha enviado con éxito a dpd@aquaestetica.es. A lo cuál no contestan nunca, pasado un mes sin respuesta alguna me remito a formular reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por vulneración mi derecho de acceso a los datos personales, recogido en el artículo 15 del Reglamento UE 2016/679, General de Protección de Datos (RGPD), así como por una posible infracción a la normativa vigente en materia de protección de datos, ya que podría indicar que no conserva la información conforme a lo exigido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), para lo cual AQUAESTETICA CONSULTORES SL, me contacta vía email diciendo que no ha recibido mi correo (lo cuál es falso ya que posee el correo postmaster de confirmación de la recepción del correo) además, me informan de que "Documentación Solicitada: Sesiones, Tickets de Compra y Contrato

 

Hemos revisado su reclamación y entendemos que solicita información sobre las sesiones realizadas y una copia de un ticket de compra específico, las adjuntamos a este correo.

 

Respecto al contrato firmado, hemos llevado a cabo una revisión exhaustiva de su historial en la base de datos. Si bien no hemos localizado una copia firmada en los archivos, lo cual podría deberse a un error humano en el proceso de archivo o a una incidencia informática, las empresas de la marca 360 Clinics en la que usted contrató informan siempre de forma verbal a todos los clientes de las condiciones del contrato porque es necesario explicarlas para llevar a cabo las sesiones en el tiempo correcto y con las pautas correspondientes a su tratamiento." lo cual han perdido DOS CONTRATOS y no uno. Como ellos informan a la AEPD de que no habían recibido mi correo y que ya me han facilitado todo (Cosa que es mentira y además lo que me facilitan está mal e incompleto), la AEPD decide archivar el caso, interpongo recurso de reposición a finales de agosto de 2025, haciendo constar que las cabeceras del postmaster indican que sí recibieron el correo y que "La información recibida está incompleta, incorrecta, contradictoria y en ocasiones en blanco (como el historial clínico), hecho que impide verificar el tratamiento adecuado de mis datos y plantea dudas sobre el cumplimiento legal de las obligaciones de la empresa, puesto que alegan no disponer de los contratos, siendo los mismos 2 contratos diferentes firmados en clínicas diferentes y en fechas diferentes. Con todo esto expuesto, considero que la empresa reclamada ha actuado de mala fe al notificar a esta Agencia que no recibió mi comunicación inicial, a pesar de que aporto evidencias técnicas claras que demuestran la entrega exitosa del mensaje en su servidor y su entrada efectiva en la bandeja de correo, incluso con la posibilidad de que haya sido gestionado como correo no deseado. Esta actitud de negar la recepción del mensaje no se corresponde con las pruebas aportadas y parece una estrategia para obstaculizar el ejercicio de mis derechos." Dictando nuevamente la AEPD lo siguiente "En definitiva, a la vista de las actuaciones de traslado realizadas por la AEPD, se ha constatado que la reclamación ha sido atendida por la parte reclamada. A este respecto, debe destacarse que, si bien de la documentación presentada se deduce una posible discordancia inicial entre la acción o inacción de la parte reclamada y lo dispuesto en la normativa aplicable, la tramitación de la reclamación conforme a lo dispuesto en el artículo 65.4 de la LOPDGDD, ha dado lugar a la solución de las cuestiones planteadas. Por tanto, dado que, en el presente recurso de reposición, no se han aportado nuevos hechos, documentos o argumentos jurídicos que permitan reconsiderar la validez de la resolución impugnada, procede acordar su desestimación."

Al mensaje que me envío dpd@aquaestetica.com respondí ese mismo día, es decir, el 30/07/2025, a lo cual continúan sin responder....

Al mismo tiempo que realicé la reclamación ante la AEPD, también realicé una reclamación ante la OMIC, habiéndose respondido que se realiza una intermediación con la empresa y recibiendo la respuesta de la misma ayer (03/03/2026), donde la empresa AQUAESTETICA CONSULTORES SL contestó a fecha 19/01/2026 que "no ha realizado ninguna venta de servicios a su persona o entidad. Esta empresa no se dedica a la comercialización o venta directa de los servicios a los que hace referencia en su reclamación. Por consiguiente, no existe relación contractual alguna entre el reclamante y Aquaestetica Consultores que pueda justificar la base de su reclamación." y también me informa de que han entrado en preconcurso de acreedores.

Mi reclamación a ellos se inició en abril de 2025, es decir, mucho antes de que se encontrasen en esa situación, además la reclamación a la OMIC se realizó el junio de 2025, nuevamente meses antes de toda esta situación.

Considero que la empresa ha actuado de mala fe, negándome desde el principio mis derechos si facilitarme la información necesaria para solicitar mi reembolso parcial, posteriormente mintiendo a la AEPD y sin seguir facilitándome la documentación y dejando de responder nuevamente tras el archivo del expediente ante la AEPD y por último, alegando ante la OMIC que no tenemos ninguna relación contractual cuando me han facilitado parte de mi información a través de su propio correo "dpd@aquaestetica.com" y sobre todo tal y como figuraba en la web "https://360clinics.info/aviso-legal/" donde explícitamente indicaban "LEY DE LOS SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN (LSSI)
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Me gustaría cual sería el siguiente paso a dar, puesto que todo mi proceso de reclamación fue anterior a la situación de preconcurso de acreedores, cuando aún estaban abriendo centros nuevos y obteniendo dinero de las ventas que realizaban, pareciera que han seguido vendiendo para obtener el máximo beneficio sabiendo que posteriormente iban a declararse en esta situación.

He investigado un poco al administrador único (Luis Carlos Pozo Gallardo), obteniendo que al menos otras 6 empresas suyas han seguido el mismo camino que esta... da para pensar mucho y mal...

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