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Obras y reformas

Hacer obras en tu vivienda requiere conocer las normas, permisos y responsabilidades que aplican en cada caso. Ya sea una simple reforma del baño o una redistribución completa del piso, saltarse los trámites o contratar mal puede acabar en multas, conflictos con vecinos o trabajos defectuosos sin garantía. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber para hacer obras con tranquilidad.

Tipos de obras

Antes de planificar cualquier reforma, es fundamental entender qué tipo de obra vas a realizar. La clasificación determina qué permisos necesitas, qué plazos debes cumplir y qué profesionales deben intervenir. No todas las obras se tratan igual ante la ley ni ante tu comunidad de propietarios.

Según el permiso municipal necesario

Los ayuntamientos clasifican las obras según su complejidad y el impacto que tienen en el edificio. Esta clasificación determina si necesitas una simple comunicación previa, una licencia urbanística completa o si puedes actuar directamente sin trámite alguno.

Obras menores (comunicación previa): Son reformas que no afectan a la estructura del edificio ni modifican su configuración exterior. Normalmente basta con comunicar al ayuntamiento que vas a hacerlas, pagar la tasa correspondiente y empezar. Incluyen trabajos como pintar la vivienda, cambiar los suelos sin afectar a la estructura, sustituir ventanas manteniendo el mismo diseño y color, reformar el baño o la cocina sin modificar la distribución, o cambiar instalaciones eléctricas y de fontanería dentro de tu vivienda.

Obras mayores (licencia de obras): Son actuaciones más complejas que requieren proyecto técnico y aprobación expresa del ayuntamiento antes de comenzar. Entran en esta categoría las obras que cambian la distribución interior (tirar o levantar tabiques), las que afectan a elementos estructurales (pilares, vigas, forjados), las que modifican la fachada (nuevas ventanas, cerramientos de terrazas), las ampliaciones de superficie construida, o cualquier intervención que altere la volumetría o el aspecto exterior del edificio.

Obras sin permiso: Algunas actuaciones son tan menores que no requieren ningún trámite municipal. Se consideran trabajos de mantenimiento ordinario y decoración: pintar paredes interiores, empapelar, cambiar muebles de cocina o baño sin tocar instalaciones, pequeñas reparaciones de fontanería o electricidad, sustitución de grifería, o cualquier trabajo puramente estético que no afecte a elementos constructivos.

Según el elemento afectado

Además del permiso municipal, debes considerar si la obra afecta solo a tu vivienda o también a elementos comunes del edificio:

Obras en elementos privativos: Son las que realizas dentro de tu piso, sin tocar nada que sea propiedad compartida. Eres tú quien decide hacerlas, tú quien las paga y tú quien responde de ellas. Necesitas los permisos municipales que correspondan, pero no necesitas autorización de la comunidad de propietarios.

Obras que afectan a elementos comunes: Si tu reforma toca algo que pertenece a todos los vecinos (fachada, estructura, cubierta, bajantes, patios), necesitas doble autorización: la del ayuntamiento y la de la comunidad de propietarios. Sin el visto bueno de la junta, podrían obligarte a deshacer la obra, aunque tengas licencia municipal.

Permisos y licencias municipales

El trámite urbanístico varía según cada ayuntamiento, pero la estructura básica es similar en toda España. Antes de empezar cualquier obra que vaya más allá de la decoración, infórmate en tu ayuntamiento sobre qué trámite necesitas. Empezar sin permiso puede salir muy caro.

Comunicación previa (declaración responsable)

Este trámite simplificado se aplica a obras menores que no necesitan proyecto técnico ni supervisión especial. El procedimiento es relativamente sencillo:

  • Presentas un formulario en el ayuntamiento (muchos permiten hacerlo online) describiendo la obra que vas a hacer.
  • Pagas la tasa municipal correspondiente (varía según el presupuesto de la obra).
  • En la mayoría de casos, puedes empezar inmediatamente o tras un breve plazo (generalmente 15 días).
  • El ayuntamiento puede inspeccionar la obra durante su ejecución para verificar que se ajusta a lo comunicado.

La comunicación previa no es una licencia: es una declaración de que la obra cumple la normativa. Si el ayuntamiento detecta irregularidades, puede ordenar la paralización o demolición.

Licencia de obras

Para obras mayores, el procedimiento es más complejo y lleva más tiempo:

  1. Solicitud: Presentas la petición junto con la documentación técnica requerida.
  2. Proyecto técnico: Un arquitecto o aparejador redacta el proyecto describiendo la obra, los materiales, la seguridad y el cumplimiento normativo.
  3. Estudio municipal: Los técnicos del ayuntamiento revisan el proyecto y verifican que cumple el planeamiento urbanístico.
  4. Subsanación: Si hay deficiencias, te dan plazo para corregirlas.
  5. Concesión: Si todo está correcto, te conceden la licencia. Solo entonces puedes empezar.
  6. Pago de tasas e impuestos: Generalmente ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) y tasa de licencia.

Documentación típica que te pedirán

Según el tipo de obra, la documentación puede incluir:

  • Solicitud: Formulario municipal con tus datos y descripción de la obra.
  • Proyecto técnico: Para obras mayores, firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional.
  • Presupuesto desglosado: Para calcular las tasas e impuestos.
  • Memoria descriptiva: Explicación de los trabajos a realizar.
  • Planos: Estado actual y estado reformado.
  • DNI del solicitante y, si actúas como representante, autorización del propietario.
  • Justificante de propiedad: Escritura o nota simple.
  • Autorización de la comunidad: Si afecta a elementos comunes.

Plazos de tramitación

Los plazos varían mucho según el ayuntamiento y la complejidad de la obra. A modo orientativo:

  • Comunicación previa: Efecto inmediato o 15 días de plazo para empezar.
  • Licencia de obra menor: 1-2 meses.
  • Licencia de obra mayor: 2-6 meses, a veces más si hay informes sectoriales o el proyecto requiere modificaciones.

Si el ayuntamiento no resuelve en plazo, en algunos casos opera el silencio administrativo positivo, pero ten cuidado: no funciona si la obra es contraria al planeamiento.

Consecuencias de hacer obras sin licencia

Realizar obras sin el permiso correspondiente tiene consecuencias graves:

  • Multa: Sanción económica proporcional al presupuesto de la obra, que puede ser considerable.
  • Paralización: El ayuntamiento puede ordenar que pares la obra inmediatamente mediante precinto.
  • Orden de demolición: Si la obra no es legalizable (porque incumple la normativa urbanística), te obligarán a deshacerla a tu costa.
  • Responsabilidad por daños: Si la obra ilegal causa daños a terceros, respondes sin cobertura de seguro.
  • Problemas al vender: Una obra sin legalizar complica enormemente la venta de la vivienda.

La prescripción de las infracciones urbanísticas varía (generalmente 4-6 años), pero las obras ilegales siguen siendo ilegales aunque prescriba la multa: puedes tener problemas al vender o al pedir una cédula de habitabilidad.

Comunidad de propietarios

Si vives en un edificio en régimen de propiedad horizontal, además de los permisos municipales debes contar con tu comunidad de vecinos cuando la obra afecte a elementos comunes. No obtener esta autorización puede obligarte a deshacer la reforma.

Cuándo necesitas autorización de la comunidad

No todas las obras en tu piso requieren permiso de la comunidad. Solo lo necesitas cuando afectas a elementos que son propiedad de todos:

Obras que sí necesitan autorización:

  • Abrir un hueco hacia una zona común (puerta de acceso a un patio, ventana a la escalera).
  • Cerrar o acristalar una terraza o balcón que da a la fachada.
  • Modificar bajantes, conductos generales de ventilación o instalaciones comunitarias.
  • Instalar aparatos de aire acondicionado visibles desde el exterior.
  • Cambiar el aspecto de la fachada (color de ventanas, persianas, toldos).
  • Ocupar zonas comunes con elementos privativos.

Obras que no necesitan autorización (son solo en tu elemento privativo):

  • Reformas interiores sin afectar a estructura ni fachada.
  • Cambios de instalaciones dentro de tu vivienda.
  • Cualquier trabajo que no toque elementos comunes.

Cómo obtener el permiso de la comunidad

El procedimiento para solicitar autorización de la junta de propietarios es el siguiente:

  1. Solicitud por escrito al presidente: Describe la obra que quieres hacer, con planos o croquis si es posible.
  2. Inclusión en el orden del día: El presidente debe convocar junta incluyendo tu solicitud como punto a tratar.
  3. Votación en junta: Según el tipo de obra, se requerirá mayoría simple, 3/5 partes o unanimidad.
  4. Acta de la junta: Si se aprueba, el acuerdo queda reflejado en el acta. Pide una copia certificada.
  5. Ejecución: Ya puedes proceder, cumpliendo además los permisos municipales.

Mayorías necesarias según el tipo de obra

La Ley de Propiedad Horizontal establece diferentes mayorías para distintos tipos de actuaciones:

Tipo de obra en elemento común Mayoría requerida
Obras de conservación necesarias Mayoría simple
Obras de mejora (piscina, jardines) 3/5 partes
Modificación de fachada Unanimidad (o 3/5 si no altera configuración)
Cerramientos de terrazas Unanimidad
Nuevas instalaciones (ascensor) 3/5 partes

La jurisprudencia ha ido flexibilizando algunos requisitos, especialmente para obras que no alteran sustancialmente la fachada. Consulta con un abogado si tienes dudas sobre la mayoría aplicable.

Si te niegan el permiso

Si la comunidad rechaza tu solicitud, tienes varias opciones:

  • Revisar si era realmente necesario: Quizá la obra no afectaba a elementos comunes y podías hacerla sin permiso.
  • Negociar: A veces una modificación del proyecto (distinto color de toldo, otra ubicación del aparato) desbloquea la situación.
  • Impugnar el acuerdo: Si crees que la negativa es arbitraria, abusiva o contraria a la ley, puedes impugnarla judicialmente. El plazo es de 3 meses (o 1 año si es contrario a la ley).
  • Asesoramiento legal: Antes de impugnar, consulta con un abogado si tienes opciones reales de éxito.

Horarios de obras

Las obras generan ruidos que afectan a los vecinos. Por eso, tanto las ordenanzas municipales como las normas de las comunidades de propietarios establecen horarios para realizar trabajos ruidosos.

Horarios típicos permitidos

Aunque varían según la localidad, los horarios más habituales son:

Día Horario típico permitido
Lunes a viernes 8:00 a 21:00
Sábados 9:00 a 14:00 o 9:00 a 20:00
Domingos y festivos Prohibido o muy restringido

Qué normativa prevalece

Los horarios pueden venir establecidos por diferentes fuentes, y generalmente se aplica la más restrictiva:

  • Ordenanza municipal de ruidos: Establece los límites máximos que nadie puede superar.
  • Estatutos de la comunidad: Pueden ser más restrictivos que la ordenanza (por ejemplo, prohibir obras los sábados aunque la ordenanza las permita).
  • Normas de régimen interno: Detalles adicionales sobre horarios y días permitidos.

Antes de empezar, consulta tanto la ordenanza de tu ayuntamiento como las normas de tu comunidad para evitar conflictos.

🚨 graba antes de llamar a la policía

Si un vecino hace obras a deshoras, antes de llamar a la policía graba 30 segundos de vídeo con tu móvil mostrando la hora y el ruido. La policía puede tardar 2 horas en venir, y cuando lleguen el ruido habrá parado. Pero si tienes la grabación, puedes denunciar igualmente. Esa prueba vale oro.

Si un vecino incumple el horario

Si las obras de un vecino te molestan fuera de horario, puedes actuar de varias formas:

  • Habla directamente con el vecino: A menudo no son conscientes del horario o tienen una emergencia puntual.
  • Comunica al presidente de la comunidad: Para que requiera al vecino que respete los horarios.
  • Denuncia a la policía local: Si el ruido es persistente y fuera de horario, la policía puede intervenir y sancionar.
  • Reclamación formal: Si las molestias continúan, puedes exigir responsabilidades por la vía civil.

Documenta las molestias: anota fechas, horas, tipo de ruido. Te será útil si necesitas reclamar.

Responsabilidad del propietario

Como dueño de la vivienda donde se hacen las obras, eres el responsable principal ante terceros y ante la administración. Aunque contrates profesionales, la responsabilidad última recae sobre ti.

Tu responsabilidad como promotor de la obra

Cuando encargas una obra en tu vivienda, asumes varias obligaciones legales:

  • Obtener todos los permisos: Es tu responsabilidad tener la licencia municipal y, si aplica, la autorización de la comunidad.
  • Contratar profesionales cualificados: Debes verificar que el constructor está dado de alta y tiene capacidad técnica.
  • Supervisar la ejecución: Aunque no seas técnico, debes hacer seguimiento de la obra.
  • Responder de los daños a terceros: Si la obra causa daños a vecinos, elementos comunes o viandantes, eres responsable aunque el constructor tenga culpa.
  • Garantizar la seguridad: Las medidas de prevención de riesgos laborales y la seguridad del edificio durante la obra son tu responsabilidad.

Seguro de responsabilidad civil

Contratar un seguro de RC es altamente recomendable para cualquier obra que no sea puramente decorativa:

  • Qué cubre: Daños accidentales a vecinos (goteras, grietas), daños a elementos comunes, daños a terceros que pasen por la obra.
  • Quién lo tiene: Algunos constructores incluyen RC en sus servicios. Verifica la cobertura y la suma asegurada.
  • Si el constructor no tiene seguro: Contrata tú una póliza específica para la obra. El coste es bajo comparado con el riesgo.
  • Qué no cubre: Generalmente, los defectos de la propia obra. Para eso están las garantías del constructor.

Garantías legales de las obras

Según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), las obras de construcción tienen garantías obligatorias. Aunque la LOE se aplica principalmente a obra nueva, los tribunales han extendido algunos criterios a reformas importantes:

Tipo de defecto Plazo de garantía
Defectos de acabado 1 año
Defectos que afectan a la habitabilidad 3 años
Defectos estructurales 10 años

Para obras menores, la garantía dependerá del contrato con el constructor y del Código Civil (6 meses para vicios ocultos, 15 años para responsabilidad contractual).

Contratar obras: cómo elegir y qué pactar

La elección del constructor y las condiciones del contrato son decisivas para que la obra salga bien. Un buen contrato previene problemas; un mal contrato te deja indefenso ante retrasos, defectos o sobrecostes.

Cómo elegir constructor

Antes de contratar, haz una selección cuidadosa siguiendo estos pasos:

  1. Pide varios presupuestos: Al menos tres, de empresas diferentes. Compara no solo el precio, sino también los plazos, materiales y garantías.
  2. Comprueba referencias: Pide contactos de clientes anteriores y, si es posible, visita obras terminadas.
  3. Verifica la situación legal: Comprueba que está dado de alta como autónomo o empresa, que tiene número de identificación fiscal y que está al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
  4. Pide el seguro de RC: Solicita copia de la póliza y verifica que está vigente y que la cobertura es suficiente.
  5. Valora la comunicación: Un constructor que no responde bien antes de empezar, será peor durante la obra.

El presupuesto: qué debe incluir

Un presupuesto profesional y detallado es la base de una buena obra. Debe contener como mínimo:

  • Descripción detallada de los trabajos: Qué se va a hacer exactamente, paso a paso.
  • Materiales a utilizar: Marcas, modelos, calidades. No aceptes "similar" o "equivalente" sin concretar.
  • Precio: Puede ser cerrado (no varía aunque haya imprevistos razonables) o abierto (se factura según trabajo real). El precio cerrado te da más seguridad.
  • IVA: Indicar si el precio incluye IVA o no, y a qué tipo.
  • Plazo de ejecución: Fecha de inicio y fecha prevista de finalización.
  • Forma de pago: Cuándo y cuánto se paga en cada fase.
  • Garantías: Qué garantiza el constructor y durante cuánto tiempo.
  • Validez del presupuesto: Hasta cuándo está vigente la oferta.

El contrato de obra

Aunque muchas reformas se contratan solo con presupuesto firmado, es muy recomendable formalizar un contrato por escrito que incluya:

  • Todo lo recogido en el presupuesto aceptado.
  • Penalizaciones por retraso: Un porcentaje del precio por cada día o semana de demora injustificada.
  • Procedimiento ante defectos: Cómo se comunican y en qué plazo debe corregirlos el constructor.
  • Variaciones de obra: Cómo se gestionan los cambios sobre el proyecto inicial (precios, aprobación por escrito).
  • Resolución de disputas: Pactar mediación o arbitraje antes de ir a juicio puede ahorrarte tiempo y dinero.
  • Retención de garantía: Puedes pactar retener un porcentaje (5-10%) durante un plazo tras terminar la obra, para cubrir posibles defectos que aparezcan.

🛡️ el 10% final que te salva

Pacta siempre que el último 10% del pago se hace una semana después de terminar, no el día que acaben. Ese margen te da tiempo para descubrir los defectos que el obrero ha intentado tapar con una mano de pintura. Si algo está mal, tienes ese 10% como palanca para que lo arreglen.

Formas de pago recomendadas

La forma de pago es crucial para mantener cierto control sobre el constructor. Las opciones más habituales son:

Pago por hitos (recomendado): Distribuye el pago en fases vinculadas al avance de la obra. Un esquema típico sería: 30% al firmar el contrato o empezar la obra, 40% a mitad de ejecución (cuando se complete una fase significativa), y 30% al terminar y verificar que todo está correcto.

Pago a la finalización: Todo el importe se paga cuando la obra está completamente terminada y revisada. Es el método más seguro para ti, pero muchos constructores no lo aceptan porque necesitan liquidez durante la obra.

Pago semanal o por jornales: Se paga según las horas o días trabajados. Solo recomendable para obras muy pequeñas o con constructores de máxima confianza, ya que pierdes el control del presupuesto total.

Nunca pagues todo por adelantado. Es una señal de alarma si el constructor lo exige.

Problemas habituales con obras

Las reformas rara vez salen exactamente como se planearon. Conocer los problemas más frecuentes y cómo afrontarlos te ayudará a reaccionar adecuadamente.

Retrasos en la ejecución

Es el problema más habitual. Si la obra se alarga más de lo previsto, tienes varias opciones dependiendo de las circunstancias:

  • Si pactaste penalización por retraso en el contrato, reclámala por escrito. Indica las fechas previstas y reales, y calcula el importe según lo pactado.
  • Si el retraso es injustificado y te causa perjuicios (alquiler de otra vivienda, pérdida de ingresos), puedes reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
  • Comunica siempre por escrito: Envía emails o cartas dejando constancia de las fechas, las quejas y los incumplimientos. Te serán imprescindibles si acabas reclamando.
  • Antes de resolver el contrato, valora si te interesa más que el constructor termine (aunque tarde) o buscarte otro.

Defectos y trabajos mal ejecutados

Si detectas defectos durante la obra o al terminarla:

  • Documenta todo: Fotos, vídeos, fechas. Cuanto más detallada sea la prueba, mejor.
  • Reclama por escrito al constructor: Indica los defectos concretos y exige que los corrija en un plazo razonable.
  • Dentro del periodo de garantía: El constructor está obligado a reparar sin coste adicional.
  • Si no responde o no corrige: Puedes contratar a otro profesional para arreglarlo y reclamar el coste al constructor original, o bien acudir a la vía judicial.
  • Peritaje: En casos complejos, un informe pericial de un técnico independiente puede ser decisivo para demostrar los defectos.

Sobrecostes y "extras"

Los sobrecostes son otra fuente habitual de conflictos:

  • Si el presupuesto era cerrado, el constructor no puede subirlo salvo que tú hayas pedido cambios adicionales por escrito. Cualquier imprevisto razonable (encontrar una tubería, ajustar un hueco) está incluido en el precio cerrado.
  • Si el presupuesto era abierto, revisa si los extras están justificados. Pide facturas de materiales y detalle de horas.
  • No pagues extras no autorizados: Si el constructor hace trabajos que no pediste, no estás obligado a pagarlos.
  • Cualquier cambio, por escrito: Si durante la obra decides añadir o modificar algo, deja constancia escrita del cambio y del precio adicional acordado antes de que se ejecute.

Daños a vecinos o elementos comunes

Si tu obra causa daños a los vecinos (goteras, grietas, suciedad):

  • Tu seguro de RC debería cubrirlo. Comunica el siniestro a la aseguradora.
  • Si no tienes seguro, el coste de reparación y la indemnización corren de tu cuenta.
  • El vecino afectado puede reclamarte directamente a ti como responsable de la obra.
  • Documenta los daños y actúa rápidamente para minimizar el perjuicio.

Obras en vivienda alquilada

Si vives de alquiler o eres propietario con inquilino, las obras tienen reglas especiales establecidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Obras que puede hacer el propietario

El propietario tiene derecho a realizar obras en la vivienda alquilada, pero con limitaciones:

Obras de conservación (necesarias): Son las imprescindibles para mantener la vivienda habitable. El propietario está obligado a hacerlas y el inquilino debe soportarlas, aunque le causen molestias. Si las obras duran más de 20 días, el inquilino tiene derecho a una reducción proporcional de la renta. Si son tan molestas que hacen inhabitable la vivienda, el inquilino puede optar por rescindir el contrato.

Obras de mejora: Son las que aumentan el valor o la comodidad de la vivienda sin ser imprescindibles. El propietario puede hacerlas, pero debe notificarlo con 3 meses de antelación. El inquilino puede oponerse si la obra le afecta gravemente. Si las acepta, soportará las molestias, pero si la obra incrementa el valor de la vivienda, el propietario puede subir la renta proporcionalmente al finalizar.

Obras que puede hacer el inquilino

Como inquilino, tus posibilidades de hacer obras están muy limitadas:

Obras prohibidas sin autorización del propietario:

  • Las que modifiquen la configuración de la vivienda (tirar tabiques, cambiar distribución).
  • Las que afecten a la estructura o elementos resistentes.
  • Las que disminuyan la estabilidad o seguridad.

Hacer estas obras sin permiso es causa de resolución del contrato de alquiler.

Al terminar el alquiler:

  • Si hiciste obras sin autorización, el propietario puede exigirte que dejes la vivienda en su estado original, a tu costa.
  • Si hiciste obras con autorización, lo acordado en el permiso determina qué pasa: puede que debas restaurar, o puede que el propietario se quede las mejoras sin compensarte.

Cómo obtener permiso del propietario

Si quieres hacer obras en tu piso de alquiler:

  1. Pídelo siempre por escrito: Email, carta, mensaje en la app que uséis para comunicaros.
  2. Describe la obra con detalle: Qué vas a hacer, qué materiales, qué plazo.
  3. Guarda la autorización: La respuesta afirmativa del propietario debe quedar documentada.
  4. Aclara las condiciones: Quién paga la obra, qué pasa con la mejora al terminar el alquiler, si se compensa de alguna forma.

IVA en las obras de reforma

El tipo de IVA aplicable a las obras de reforma puede ser del 10% (reducido) o del 21% (general), dependiendo de varios factores. Entender cuándo aplica cada tipo te ayudará a presupuestar correctamente.

Cuándo se aplica IVA reducido (10%)

Las obras de renovación y reparación en viviendas pueden tributar al 10% si se cumplen todos estos requisitos:

  • La vivienda tiene más de 2 años desde su construcción o rehabilitación anterior.
  • El destino del inmueble es vivienda (no local comercial ni oficina).
  • El coste de los materiales aportados por el contratista no supera el 40% del total de la obra.
  • El destinatario de la obra es una persona física que usa la vivienda como particular (no un empresario para su actividad).

Además, hay obras específicas que tributan al 10% aunque no cumplan todos los requisitos anteriores, como las relacionadas con accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.

Cuándo se aplica IVA general (21%)

Se aplica el tipo general en estos casos:

  • Construcción de obra nueva (edificios, ampliaciones).
  • Obras en locales comerciales, oficinas o inmuebles no destinados a vivienda.
  • Obras donde el material aportado supera el 40% del presupuesto.
  • Reformas realizadas para empresas o profesionales en el ejercicio de su actividad.

Por qué debes exigir siempre factura

Independientemente del tipo de IVA, es fundamental que el constructor te entregue factura por todos los trabajos:

  • Deducción fiscal: Algunas obras de mejora en vivienda habitual pueden desgravarse en la declaración de la renta.
  • Prueba de la obra realizada: La factura documenta qué se hizo, cuándo y quién lo hizo.
  • Garantía: Sin factura, reclamar defectos es mucho más difícil.
  • Venta futura: Las facturas de reformas demuestran las mejoras realizadas y pueden justificar un precio de venta mayor.

Consejos prácticos para que tu obra salga bien

Una buena planificación y seguimiento de la obra te ahorrará problemas. Aquí tienes recomendaciones para cada fase del proceso.

Antes de empezar la obra

Dedica tiempo a preparar todo correctamente:

  1. Obtén todos los permisos necesarios: licencia municipal y, si aplica, autorización de la comunidad. No empieces sin ellos.
  2. Avisa a los vecinos: Aunque no estés obligado legalmente en todos los casos, comunicar las obras mejora la convivencia y previene conflictos.
  3. Contrata profesionales cualificados: Verifica alta, seguros y referencias antes de firmar nada.
  4. Firma contrato por escrito: Con presupuesto detallado, plazos, penalizaciones y garantías.
  5. Asegura la responsabilidad civil: Tuya o del constructor, pero que haya cobertura ante daños a terceros.

Durante la ejecución

Mantén el control de la obra mientras avanza:

  1. Supervisa regularmente: Visita la obra con frecuencia, aunque no entiendas de construcción. Tu presencia demuestra interés y atención.
  2. Documenta todo: Fotos del avance, de los materiales, de cualquier problema que surja.
  3. Comunica problemas por escrito: Si algo no te gusta o no es como habíais acordado, no te limites a decirlo verbalmente.
  4. No pagues todo por adelantado: Vincula los pagos al avance real de la obra.
  5. Gestiona los cambios formalmente: Cualquier modificación sobre el proyecto, con precio y plazo acordados por escrito antes de ejecutarla.

Al terminar la obra

La recepción final es un momento crítico:

  1. Revisa la obra completada con detenimiento: Comprueba acabados, funcionamiento de instalaciones, ajustes de carpintería.
  2. Haz un listado de defectos: Anota todo lo que no esté bien, por pequeño que sea.
  3. Exige que los corrijan antes del pago final: Es tu principal herramienta de presión. No pagues el último plazo hasta que todo esté correcto.
  4. Guarda toda la documentación: Facturas, contrato, emails, fotos, garantías. Te harán falta si aparecen problemas más adelante.
  5. Solicita certificados: Si la obra requería dirección técnica, pide el certificado final de obra.

Conclusión

Las obras en vivienda requieren planificación, trámites y seguimiento. Saltarse los pasos o confiar ciegamente en el constructor puede salir muy caro. Los puntos clave que debes recordar son:

  • Permisos primero: Obtén la licencia municipal y, si afectas a elementos comunes, la autorización de la comunidad antes de empezar.
  • Profesionales verificados: Contrata constructores dados de alta, con seguro y referencias comprobables.
  • Todo por escrito: Presupuesto detallado, contrato firmado, comunicaciones documentadas.
  • Supervisa y documenta: No te desentiendas de la obra. Haz seguimiento y guarda pruebas de todo.
  • No pagues todo antes de terminar: Vincula el pago al avance y reserva el último plazo hasta verificar que todo está bien.

Una obra bien gestionada mejora tu vivienda y su valor. Una obra mal llevada puede convertirse en una pesadilla de problemas legales, económicos y vecinales. Y si tienes conflictos con constructores o con tu comunidad que no consigues resolver, en Claimeet puedes unirte a otros afectados para reclamar juntos.

Claimeet recomienda

Antes de empezar cualquier obra, pide siempre tres presupuestos por escrito con desglose de materiales, plazos y forma de pago. Y nunca pagues más del 30% por adelantado: el grueso del pago debe ir vinculado al avance real de la obra.

Eduardo Lázaro

Sobre el autor

Eduardo Lázaro

Ingeniero de software y entusiasta del análisis de procesos legales y de consumo. Con una trayectoria vinculada a la arquitectura de información desde 2003, Eduardo aplica la lógica para desglosar normativas complejas en guías accesibles. Ha colaborado con varias organizaciones en la defensa de los derechos de los usuarios y la transparencia digital.

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