Caducidad
La caducidad es la extinción automática de un derecho por no ejercerlo dentro de un plazo determinado. A diferencia de la prescripción, no se puede interrumpir y el juez la aplica de oficio.
Qué es la caducidad
La caducidad es la extinción de un derecho o acción por el mero transcurso del tiempo fijado por la ley o por las partes, sin posibilidad de interrupción. Es más estricta que la prescripción: cuando el plazo se cumple, el derecho desaparece. Punto.
Características
La caducidad tiene cuatro características que la hacen particularmente implacable:
Es automática: opera por sí sola al cumplirse el plazo, sin necesidad de que nadie haga nada.
Es no interrumpible: a diferencia de la prescripción, no puedes enviar un burofax para reiniciar el plazo. El tiempo corre inexorablemente.
Es de oficio: el juez la aplica aunque ninguna de las partes la alegue. Aunque la otra parte no sepa que el plazo ha caducado, el juez lo detectará y desestimará tu reclamación.
Es taxativa: solo existe cuando la ley o el contrato la establecen expresamente. No hay caducidad general, a diferencia de la prescripción.
Fundamento
La caducidad existe para dar certeza absoluta a las situaciones jurídicas. Cuando un plazo de caducidad se cumple, todo el mundo puede confiar en que el asunto está definitivamente cerrado. Nadie tiene que preguntarse si el otro enviará un burofax que reinicie el plazo: eso no puede pasar.
Diferencias con la prescripción
Entender las diferencias entre caducidad y prescripción es fundamental para no confundirlas.
| Aspecto | Caducidad | Prescripción |
|---|---|---|
| Interrupción | No posible | Sí posible |
| Aplicación judicial | De oficio | Solo si se alega |
| Plazos típicos | Cortos (días, meses) | Más largos (años) |
| Fundamento | Certeza absoluta | Seguridad + sanción por inactividad |
| Renuncia | No renunciable | Renunciable una vez cumplida |
La diferencia práctica más importante: si un plazo es de prescripción, puedes interrumpirlo con una reclamación y ganar tiempo. Si es de caducidad, no hay escapatoria.
Plazos de caducidad importantes
Hay muchos plazos de caducidad que pueden afectarte. Los más relevantes para consumidores son:
En consumo
| Derecho | Plazo |
|---|---|
| Desistimiento | 14 días |
| Reclamación ante OMIC (para arbitraje) | Variable según localidad |
| Impugnación de facturas (algunos servicios) | 1-3 meses |
En derecho civil general
| Acción | Plazo |
|---|---|
| Anulabilidad de contratos | 4 años |
| Retracto legal | Varía según tipo (días a meses) |
| Impugnación de acuerdos societarios | 1 año / 40 días |
| Acción de filiación | Plazos variables |
En derecho procesal
| Acción | Plazo |
|---|---|
| Recurso de apelación | 20 días |
| Recurso de casación | 20 días |
| Demanda de revisión | 5 años |
| Ejecución de sentencia | 5 años |
En derecho administrativo
| Acción | Plazo |
|---|---|
| Recurso de alzada | 1 mes |
| Recurso de reposición | 1 mes |
| Recurso contencioso | 2 meses |
| Revisión de oficio | 4 años |
Caducidad en consumo
Los plazos de caducidad más importantes para los consumidores son los siguientes.
Derecho de desistimiento
El derecho de desistimiento tiene un plazo de 14 días naturales desde que recibes el producto (o desde que contratas, si es un servicio). Si no lo ejerces dentro de ese plazo, pierdes la posibilidad de devolver la compra sin causa. No hay forma de ampliar ese plazo salvo que el vendedor no te hubiera informado correctamente del derecho.
Reclamación de facturas
Algunos servicios tienen plazos muy cortos para impugnar facturas. En telecomunicaciones y energía, los contratos suelen establecer que si no reclamas la factura en 1-3 meses, se entiende que la aceptas. Lee tu contrato para conocer el plazo exacto.
Participación en acciones colectivas
Cuando se abre una acción colectiva, hay un plazo para sumarse. Una vez que el plazo cierra, no puedes unirte aunque tu caso sea idéntico al de los demás afectados.
Cómputo del plazo
Saber cómo se cuenta el plazo es tan importante como conocer su duración.
Días naturales vs. hábiles
Depende de cada norma. La caducidad civil (como el desistimiento) suele contarse en días naturales, incluyendo fines de semana y festivos. La caducidad procesal (recursos judiciales) se cuenta en días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos. La caducidad administrativa también suele contar días hábiles, y en muchos procedimientos todo agosto es inhábil.
Inicio del cómputo
Normalmente el plazo empieza a contar desde el día siguiente al hecho que lo origina: el día siguiente a la notificación, el día siguiente a la entrega del producto, el día siguiente a que conociste el problema.
Si el último día es inhábil
Para plazos procesales y administrativos, si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil. Para plazos civiles en días naturales, generalmente no.
Por qué no se puede interrumpir
La imposibilidad de interrumpir la caducidad es su característica definitoria.
En la prescripción, puedes enviar un burofax y ganar 5 años más de plazo. En la caducidad, eso no funciona. O actúas dentro del plazo, o pierdes el derecho. No hay burofax que valga, no hay reclamación que reinicie el contador.
Esta rigidez existe para garantizar seguridad jurídica absoluta. Cuando un plazo de caducidad se cumple, todos los implicados pueden estar seguros de que el asunto está cerrado. No hay posibilidad de que alguien aparezca años después alegando que interrumpió el plazo.
Para ti como consumidor, la implicación es clara: con los plazos de caducidad debes ser especialmente cuidadoso. No hay segunda oportunidad.
🚨 Día 15 = game over: no hay burofax que valga
Tienes un producto que no te gusta. Piensas "mañana devuelvo". Pasan los días. El día 15 te acuerdas. Demasiado tarde. En caducidad no hay truco, no hay hack, no hay burofax que reinicie el plazo. Se acabó. La única táctica es actuar antes de que pase. Ponte una alarma el día 10. Si el día 12 no has decidido, asume que te lo quedas.
El juez la aplica de oficio
Esta es otra diferencia crucial con la prescripción. El juez examina de oficio si el plazo ha caducado, aunque ninguna de las partes lo mencione. Si detecta que ha caducado, rechaza la demanda.
En la prescripción, si la otra parte no la alega, el juez no la aplica y podrías ganar aunque tu derecho estuviera prescrito. En la caducidad, eso no pasa: el propio tribunal lo detectará aunque la otra parte no sepa ni lo que es la caducidad.
No puedes confiar en que "no se den cuenta". El tribunal lo verá.
Caducidad vs. plazos procesales
Los plazos procesales son los plazos para realizar actos dentro de un procedimiento judicial: contestar a la demanda, presentar un recurso, aportar pruebas.
Cuando incumples un plazo procesal, se produce la preclusión: pierdes la oportunidad de hacer ese acto concreto. Pero esto no es exactamente caducidad del derecho: el procedimiento sigue, solo que sin tu aportación.
Por ejemplo, si no contestas la demanda en plazo, no caduca tu derecho a defenderte en el juicio, pero el juicio sigue adelante sin tu versión escrita. Y probablemente pierdas por ello.
Casos especiales
Caducidad convencional
Las partes pueden pactar plazos de caducidad en el contrato. Es habitual ver cláusulas tipo "la reclamación debe hacerse en 30 días". Estos plazos pactados son válidos siempre que no sean abusivos.
Límites en consumo
Las cláusulas que impongan plazos de caducidad excesivamente cortos a los consumidores pueden ser abusivas. Deben ser razonables atendiendo al tipo de reclamación, no pueden eliminar derechos que la ley te reconoce, y deben estar claramente informadas antes de contratar.
Suspensión excepcional
En situaciones extraordinarias como pandemias o desastres naturales, el gobierno puede suspender por decreto los plazos de caducidad. Ocurrió durante el estado de alarma por COVID-19, por ejemplo. Pero son excepciones muy puntuales; en circunstancias normales, la caducidad es inflexible.
Consejos prácticos
Identifica si es caducidad o prescripción
Mira cómo formula el plazo la norma o el contrato. Palabras como "caducará", "decaerá", "en plazo improrrogable" suelen indicar caducidad. Palabras como "prescribirá" o "se extinguirá por el transcurso de" suelen indicar prescripción. Si tienes dudas, busca información específica sobre el derecho concreto.
Actúa con margen
No esperes al último día. Pueden surgir imprevistos (te pones enfermo, hay un puente, el sistema de la web no funciona), y en caducidad no hay forma de recuperar el plazo perdido. Actúa siempre con margen de seguridad.
🛡️ Modo supervivencia: el día 1 es el mejor día
"Todavía me quedan 13 días". Error. El mejor día para actuar es hoy. ¿No te gusta el producto? Devuélvelo ya. ¿Quieres recurrir una multa? Hazlo mañana. ¿No estás seguro? Actúa igual. En caducidad, la inacción es la peor decisión. Si luego cambias de opinión, puedes retirarte. Si dejas pasar el plazo, no puedes arrepentirte.
Documenta la fecha de inicio
Ten claro desde cuándo cuenta el plazo. Guarda prueba de la fecha de notificación, la fecha de entrega del producto, la fecha en que conociste el problema. Si hay disputa sobre cuándo empezó a correr el plazo, estas pruebas serán decisivas.
Si no llegas a tiempo
Si es prescripción, busca si hubo alguna interrupción que reiniciara el plazo. Si es caducidad, poco puedes hacer, pero consulta si existe alguna excepción aplicable a tu caso o si el plazo se calculó mal.
Ejemplos prácticos
Desistimiento (caducidad)
- Día 1: Recibes el producto
- Día 14: Último día para comunicar desistimiento
- Día 15: Ya no puedes desistir
No importa que envíes 100 cartas después. El plazo caducó.
Recurso de apelación (caducidad procesal)
- Día 0: Te notifican la sentencia
- Día 1-20: Puedes presentar recurso
- Día 21: Ya no puedes recurrir
La sentencia queda firme.
Comparación: deuda (prescripción)
- Año 1: Te deben dinero
- Año 4: Envías burofax → interrupción → otros 5 años
- Año 9: Todavía puedes reclamar
La prescripción permite "renovar" el plazo.
Qué hacer si se acerca el plazo
Si es prescripción
- Envía reclamación formal (burofax)
- Documenta la fecha
- Ganas tiempo para actuar con calma
Si es caducidad
- Actúa inmediatamente
- No hay alternativa
- Mejor hacerlo imperfectamente que no hacerlo
Prioriza
Si tienes varios asuntos pendientes, atiende primero los que tienen caducidad.
La caducidad en la práctica
Muchos consumidores pierden derechos por no actuar a tiempo. No ejercen el desistimiento en los 14 días, no recurren una multa en plazo, no impugnan una factura a tiempo. Y cuando se dan cuenta, ya no hay nada que hacer.
Para evitarlo: conoce los plazos que aplican a tu situación, anota las fechas importantes en tu calendario, actúa siempre con margen antes del vencimiento, y si dudas sobre si actuar, actúa. Es mejor pasarse que quedarse corto.
Conclusión
La caducidad es más estricta que la prescripción. No se puede interrumpir, el juez la aplica aunque nadie la alegue, y los plazos suelen ser cortos (días o meses, no años).
Para el consumidor, los plazos de caducidad más importantes son el desistimiento (14 días), los recursos administrativos (1-2 meses), y la impugnación de facturas (según contrato).
Actúa siempre con tiempo de sobra. En caducidad, no hay segundas oportunidades.
Para saber más
- Prescripción - El plazo que sí se puede interrumpir
- Desistimiento - El plazo de 14 días más importante
- Plazos de reclamación - Resumen de todos los plazos
- Burofax - Para dejar constancia de fechas
Claimeet recomienda
Cuando compres algo online, anota en tu calendario una alarma para el día 12. Así te quedará tiempo para decidir si ejercer tu derecho de desistimiento antes de que caduque el plazo de 14 días. Pasado ese plazo, ya no hay vuelta atrás.