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Quiebra empresarial

El término "quiebra" ya no existe legalmente en España desde 2003, sustituido por el concurso de acreedores. Sin embargo, popularmente se sigue usando. Esta guía explica qué hacer cuando una empresa "quiebra" y cómo proteger tus derechos.

Aclaración terminológica

Es importante entender que "quiebra" es un término que ya no existe legalmente en España.

Antes (hasta 2003)

Hasta 2003 existían dos figuras legales distintas para las empresas con problemas económicos: la suspensión de pagos (para insolvencias temporales, cuando la empresa podía recuperarse) y la quiebra (para insolvencias definitivas, cuando no había solución).

Ahora

Desde 2003 todo es concurso de acreedores. La Ley Concursal unificó ambos procedimientos en uno solo, que ha sido actualizado en 2020. Legalmente, el término "quiebra" ya no existe, aunque la gente sigue usándolo.

Uso coloquial

Cuando alguien dice que "la empresa ha quebrado" puede referirse a varias situaciones: que ha cerrado definitivamente, que está en concurso de acreedores, que ha desaparecido sin dejar rastro, o simplemente que no puede pagar sus deudas. Para saber qué hacer, necesitas identificar cuál de estas situaciones es la tuya.

Diferencias entre situaciones

No es lo mismo que una empresa esté en concurso, que haya cerrado sin más, o que haya desaparecido. Cada situación requiere una estrategia diferente.

Empresa en concurso

Si hay un concurso formal, existe un proceso judicial abierto con un juez supervisando, un administrador concursal gestionando, y un orden de cobro establecido por ley. Puede que la empresa continúe operando mientras se reestructura, o puede que se liquide. En cualquier caso, sabes a quién dirigirte y qué pasos seguir.

Empresa que cierra sin concurso

A veces las empresas simplemente cierran sin iniciar un concurso de acreedores. No hay proceso formal, pero puede que todavía haya activos (un local, maquinaria, stock). Reclamar es más difícil porque no hay un procedimiento ordenado, pero los administradores pueden tener responsabilidad personal por no haber solicitado el concurso cuando debían.

Empresa que desaparece

La peor situación: la empresa se esfuma sin dejar rastro. No hay proceso conocido, los responsables no están localizables, y todo apunta a una posible estafa. En estos casos, la prioridad es denunciar a la Policía e intentar recuperar el dinero por otras vías (chargeback, seguros).

Qué hacer según la situación

Tu plan de acción depende de cuál sea la situación real de la empresa.

Si hay concurso formal

Cuando la empresa está oficialmente en concurso:

  1. Verifica el concurso en el Registro Público Concursal
  2. Comunica tu crédito al administrador concursal por escrito
  3. Respeta el plazo: tienes 1 mes desde la publicación
  4. Espera el proceso, que puede tardar años
  5. Consulta nuestra guía de concurso de acreedores para más detalles

Si ha cerrado sin concurso

Cuando la empresa ha cerrado pero no hay concurso formal:

  1. Documenta lo que te deben con facturas, contratos, etc.
  2. Busca si quedan activos (local, maquinaria, stock)
  3. Identifica a los administradores de la empresa
  4. Reclama por vía civil a la empresa o a sus administradores
  5. Considera solicitar tú mismo el concurso (los acreedores pueden hacerlo)

Si ha desaparecido

Cuando la empresa ha desaparecido sin dejar rastro:

  1. Guarda toda la documentación que tengas
  2. Denuncia a la Policía si hay indicios de fraude
  3. Solicita chargeback si pagaste con tarjeta
  4. Busca información en el Registro Mercantil sobre los responsables
  5. Únete a otros afectados para actuar conjuntamente

Responsabilidad de los administradores

Cuando una empresa "quiebra", sus administradores no siempre quedan libres de responsabilidad. En determinadas circunstancias, pueden tener que responder personalmente con su propio patrimonio.

Cuándo responden personalmente

Los administradores de una empresa tienen obligaciones legales que, si incumplen, pueden generarles responsabilidad personal. Las situaciones más habituales son:

  • No solicitaron concurso debiendo hacerlo: La ley obliga a pedir concurso en un plazo de 2 meses desde que se conoce la insolvencia. Si no lo hicieron, pueden responder de las deudas.
  • Actuaron con negligencia grave: Si tomaron decisiones claramente imprudentes que agravaron la situación de la empresa.
  • Causaron daño directo a acreedores: Si con sus acciones u omisiones perjudicaron específicamente a los acreedores.
  • Hubo mala gestión demostrable: Si llevaron la empresa de forma tan negligente que causaron o agravaron la insolvencia.

Acción individual de responsabilidad

Como acreedor perjudicado por la actuación de los administradores, tienes una herramienta legal específica: la acción individual de responsabilidad. Esta acción te permite demandar directamente a los administradores, no a la empresa, reclamando los daños que su actuación ha causado a tu patrimonio concreto.

Esta acción es independiente del concurso de acreedores, así que puedes ejercerla aunque no haya concurso o mientras este se tramita. Ten en cuenta que necesitarás abogado y procurador, y que deberás demostrar la relación entre la actuación negligente del administrador y el daño que has sufrido.

🛡️ la acción contra administradores prescribe a los 4 años, no la dejes pasar

Mucha gente se centra en el concurso (donde cobrará poco) y olvida que puede demandar a los administradores personalmente. Esta acción tiene un plazo de 4 años desde que conoces el daño. Si los administradores tienen patrimonio (casas, coches) y actuaron mal, puedes cobrar de sus bienes personales. Consulta con un abogado antes de que prescriba.

Calificación culpable del concurso

Dentro del propio concurso de acreedores, el juez debe determinar si la insolvencia se produjo por causas normales del mercado o por culpa de los administradores. Si el concurso se califica como "culpable" por dolo o culpa grave de los administradores, las consecuencias para ellos pueden ser muy severas:

  • Inhabilitación: No podrán administrar empresas durante un período de 2 a 15 años.
  • Pérdida de derechos: Si además eran acreedores de la empresa, pierden ese crédito.
  • Responsabilidad por el déficit: Pueden tener que pagar de su bolsillo las deudas que no se cubran con los activos de la empresa.

Casos especiales

Algunas situaciones de "quiebra" tienen particularidades que afectan a cómo puedes reclamar y a quién.

Franquicias

Cuando cierra una franquicia, la situación puede ser confusa porque hay dos empresas involucradas: el franquiciado (la tienda concreta) y el franquiciador (la marca central). Lo primero que debes averiguar es con quién contrataste realmente. Si tu contrato o factura es con la tienda local, esa es la empresa que te debe, aunque lleve el nombre de una marca conocida.

Sin embargo, en algunos casos el franquiciador puede tener responsabilidad: si se presentaba ante los consumidores como una unidad con las franquicias, si controlaba aspectos esenciales del servicio, o si existe confusión patrimonial entre ambas empresas. Analiza bien la estructura antes de asumir que la marca central no tiene ninguna obligación.

Grupos de empresas

Si la empresa que te debe pertenece a un grupo empresarial más amplio, puede que otras empresas del grupo deban responder de las deudas. Esto es especialmente relevante cuando hay confusión de patrimonios, cuando la matriz controlaba totalmente a la filial, o cuando el grupo operaba en la práctica como una sola empresa.

La doctrina del "levantamiento del velo" permite, en determinados casos, ignorar la separación formal entre empresas del grupo y responsabilizar a la matriz o a otras filiales. Es un camino jurídicamente complejo que requiere abogado, pero puede ser la única forma de recuperar algo si la empresa directamente deudora no tiene activos.

Empresas extranjeras

Cuando la empresa que "quiebra" es extranjera, la reclamación se complica considerablemente. La jurisdicción dependerá de dónde opere la empresa y de dónde hayas contratado. Si es una empresa de la Unión Europea, la normativa comunitaria facilita las reclamaciones transfronterizas y puedes acudir al Centro Europeo del Consumidor para que te asesoren.

Si la empresa es de fuera de la UE, recuperar tu dinero será mucho más difícil. En estos casos, considera denunciar a las autoridades del país de origen y, si pagaste con tarjeta, el chargeback puede ser tu mejor opción.

Orden de cobro en "quiebra"

Cuando una empresa entra en concurso de acreedores, no todos los acreedores son iguales. La ley establece un orden de prioridad muy estricto que determina quién cobra primero y, en la práctica, quién cobra algo.

Prioridad de créditos

El dinero que se obtenga de la liquidación de la empresa se reparte en este orden:

  1. Créditos contra la masa: Son los gastos del propio concurso: el administrador concursal, los abogados, el mantenimiento de la empresa durante el proceso. Cobran antes que nadie.
  2. Créditos con privilegio especial: Acreedores que tienen una garantía específica, como una hipoteca sobre un inmueble de la empresa o una prenda sobre maquinaria.
  3. Créditos con privilegio general: Trabajadores (salarios e indemnizaciones), Hacienda y Seguridad Social. Tienen preferencia sobre los acreedores comunes.
  4. Créditos ordinarios: Aquí se sitúan normalmente los consumidores. Son acreedores sin ningún privilegio especial.
  5. Créditos subordinados: Los últimos en cobrar. Incluye a personas especialmente vinculadas con la empresa y a quienes no comunicaron su crédito en plazo.

Realidad para consumidores

Seamos francos: como consumidor, tu crédito será casi con seguridad clasificado como ordinario. Esto significa que cobras después de que hayan cobrado los costes del concurso, los acreedores con garantía, los trabajadores, Hacienda y la Seguridad Social. Cuando llega el turno de los ordinarios, a menudo queda poco o nada.

Por eso es tan importante que explores otras vías como el chargeback o los seguros de caución antes de poner todas tus esperanzas en el concurso.

Protección previa

La mejor forma de protegerte ante la quiebra de una empresa es detectar las señales de alerta antes de comprar y tomar precauciones con tus pagos.

Señales de empresa en problemas

Antes de hacer una compra importante, presta atención a estas señales que pueden indicar que una empresa está en dificultades:

  • Retrasos sistemáticos en entregas o servicios sin explicación clara
  • Dificultades de contacto: teléfonos que no responden, emails sin contestar
  • Noticias negativas en prensa económica sobre la empresa o el sector
  • Opiniones recientes muy malas en internet, especialmente si hablan de impagos
  • Promociones desesperadas con descuentos insólitos que no tienen sentido económico
  • Rotación de empleados alta o despidos recientes

🚨 si la empresa ofrece descuentos enormes de repente, cobra antes de cerrar

Cuando una empresa en problemas lanza ofertas increíbles tipo "70% de descuento", a menudo es para captar efectivo antes de cerrar. Están vaciando stock y recogiendo dinero que nunca devolverán. Desconfía de las gangas repentinas en empresas que nunca las hacían. Si parece demasiado bueno para ser verdad, probablemente lo sea.

Medidas preventivas

Para minimizar el riesgo si una empresa quiebra después de que hayas contratado con ella:

  1. Paga siempre con tarjeta cuando sea posible. El chargeback te permite recuperar el dinero si no recibes lo que pagaste.
  2. Evita pagos adelantados grandes. Si puedes, fracciona los pagos o paga contra entrega.
  3. Verifica la empresa en el Registro Mercantil antes de operaciones importantes. Comprueba que existe y está activa.
  4. Guarda toda la documentación: contratos, facturas, comunicaciones. Serán imprescindibles si necesitas reclamar.
  5. Diversifica proveedores para servicios o suministros importantes. No pongas todos los huevos en la misma cesta.

Vías de reclamación

Aunque la empresa haya "quebrado", tienes varias opciones para intentar recuperar tu dinero. No te limites al concurso de acreedores.

Chargeback (tarjeta)

Si pagaste con tarjeta de crédito o débito, el chargeback es tu primera y mejor opción. Contacta con tu banco o usa la app de banca móvil, explica que pagaste por un producto o servicio que no has recibido porque la empresa ha cerrado, y solicita la retrocesión del cargo. El plazo habitual es de 120 días desde el pago, aunque puede variar según el banco y la franquicia de la tarjeta.

El chargeback funciona independientemente de que la empresa esté en concurso o haya desaparecido, porque el banco puede recuperar el dinero de la pasarela de pago o asumir la pérdida.

Seguro de caución

Algunos sectores tienen la obligación de contratar un seguro de caución que garantiza la devolución del dinero a los consumidores si la empresa no cumple. Es el caso de las agencias de viajes, por ejemplo. Si la empresa tenía este seguro, puedes reclamar directamente a la aseguradora, independientemente de que haya concurso de acreedores.

Fabricante

Si tu problema es un defecto del producto y la tienda que te lo vendió ha cerrado, recuerda que el fabricante también puede responder. La garantía legal es de 3 años y, aunque normalmente reclamas al vendedor, puedes dirigirte al fabricante si el vendedor ha desaparecido.

Acción colectiva

Unirte a otros afectados multiplica tu fuerza. En grupo podéis compartir los costes de un abogado, tener más peso en las negociaciones, y atraer la atención de los medios de comunicación. Busca si hay plataformas de afectados o grupos en redes sociales organizándose.

Vía penal

Si hay indicios de que la empresa actuó con intención de defraudar, no solo tienes un problema civil, sino que puede haber un delito. Los tipos penales más habituales en estos casos son la estafa (si nunca tuvieron intención de cumplir), la apropiación indebida (si se quedaron tu dinero para otros fines), y la insolvencia punible (si vaciaron la empresa para no pagar). Denuncia en comisaría o a través de la web de la Policía Nacional.

Sectores con protección especial

Algunos sectores tienen regulaciones específicas que te dan protección adicional cuando la empresa quiebra.

Agencias de viajes

Las agencias de viajes están obligadas a tener un seguro de caución o aval que garantice la devolución del dinero a los consumidores si no pueden prestar el servicio. Si tu agencia ha quebrado, busca qué aseguradora tenía contratada (debe figurar en sus condiciones) y reclámales directamente. También puedes dirigirte a la Consejería de Turismo de la comunidad autónoma que autorizó a la agencia.

Aerolíneas

Si quiebra una aerolínea europea, el Reglamento europeo de derechos de los pasajeros te protege parcialmente. Tienes derecho al reembolso del billete no utilizado. Si la aerolínea no es europea, la protección es menor y dependerá de la legislación de su país de origen. En cualquier caso, revisa si tu seguro de viaje cubre la insolvencia de la aerolínea, porque muchas pólizas incluyen esta cobertura.

Inmobiliarias (compra sobre plano)

Si compraste una vivienda sobre plano y la promotora quiebra antes de entregártela, las cantidades que hayas anticipado deben estar garantizadas por un aval bancario o un seguro de caución. Esta es una obligación legal desde 1968. Reclama directamente a la entidad que emitió el aval o seguro. Si la promotora no tenía estas garantías, los administradores pueden tener responsabilidad personal.

Academias y formación

Algunas comunidades autónomas exigen a los centros de formación ciertos requisitos de solvencia o fondos de garantía. Si una academia cierra a mitad de curso, consulta en la Consejería de Educación de tu comunidad si existe algún mecanismo de protección para los alumnos afectados.

Documentación necesaria

Recopila toda la documentación posible antes de iniciar cualquier reclamación. Cuanto más completa sea, más opciones tendrás.

Para cualquier reclamación

Estos son los documentos básicos que necesitarás en cualquier vía de reclamación:

  • Contrato o confirmación de pedido: El documento que acredita qué contrataste.
  • Facturas o tickets: La prueba de lo que pagaste y cuándo.
  • Justificantes de pago: Extracto bancario, cargo en tarjeta, recibo de transferencia.
  • Comunicaciones con la empresa: Emails, WhatsApp, cartas. Todo lo que demuestre qué prometieron y qué reclamaste.
  • Publicidad o promesas: Capturas de pantalla de la web, folletos, anuncios que muestren lo que ofrecían.
  • Cualquier otro documento relevante: Garantías, condiciones generales, certificados.

Para denuncia penal

Si vas a denunciar por posible estafa o delito, además de lo anterior necesitarás:

  • Datos de la empresa y administradores: Nombre, CIF, domicilio social, administradores. Puedes obtenerlos del Registro Mercantil.
  • Cronología de hechos: Descripción ordenada de qué pasó y cuándo. Ayuda a la Policía a entender el caso.
  • Indicios de engaño: Todo lo que sugiera que actuaron con intención de defraudar desde el principio.

Conclusión

Cuando una empresa "quiebra", la recuperación de tu dinero no está garantizada, pero actuar correctamente maximiza tus opciones. Sigue estos pasos:

  1. Verifica la situación real: ¿Hay concurso formal? ¿Ha cerrado sin más? ¿Ha desaparecido? Cada escenario requiere una estrategia diferente.
  2. Actúa con rapidez: Los plazos son estrictos. Tienes 1 mes para comunicar créditos al concurso, 120 días aproximadamente para el chargeback.
  3. Solicita chargeback si pagaste con tarjeta. Es la vía más rápida y efectiva.
  4. Busca seguros o garantías sectoriales: Agencias de viajes, compra sobre plano y otros sectores tienen protecciones específicas.
  5. Valora la responsabilidad de administradores: Si actuaron mal, pueden responder personalmente.
  6. Únete a otros afectados: Juntos tenéis más fuerza y podéis compartir costes.

No vas a recuperar todo tu dinero en la mayoría de casos, pero no hacer nada garantiza que no recuperes nada.

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Si una empresa te debe dinero y ves señales de que va a cerrar (retrasos, noticias negativas, despidos), no esperes. Pide chargeback ahora si pagaste con tarjeta. Una vez que cierre o entre en concurso, el chargeback será más difícil de conseguir.

Para saber más

Eduardo Lázaro

Sobre el autor

Eduardo Lázaro

Ingeniero de software y entusiasta del análisis de procesos legales y de consumo. Con una trayectoria vinculada a la arquitectura de información desde 2003, Eduardo aplica la lógica para desglosar normativas complejas en guías accesibles. Ha colaborado con varias organizaciones en la defensa de los derechos de los usuarios y la transparencia digital.

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