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Herencias y derechos de consumidor

Cuando fallece un familiar, los herederos asumen derechos y obligaciones de los contratos del fallecido. Saber cómo gestionar las relaciones de consumo heredadas te ahorra problemas y dinero.

Sucesión en contratos de consumo

Cuando una persona fallece, sus contratos no desaparecen automáticamente. Los herederos pasan a ocupar la posición del fallecido, con sus derechos y sus obligaciones.

Principio general

El principio básico del derecho sucesorio es que los herederos suceden al fallecido en todas sus relaciones jurídicas, incluidos los contratos de consumo. Esto significa que heredas tanto los derechos (poder reclamar una garantía, por ejemplo) como las obligaciones (pagar las cuotas pendientes de un préstamo).

Hay dos excepciones principales: los contratos "personalísimos", que por su naturaleza solo podía cumplir el fallecido, y aquellos casos en que el propio contrato establezca que se extingue con la muerte de una de las partes.

Contratos que se heredan

La mayoría de contratos de consumo habituales se transmiten a los herederos:

  • Suministros: Luz, gas, agua, teléfono, internet. Seguirán generando facturas hasta que des de baja o cambies la titularidad.
  • Seguros: La mayoría se transmiten, aunque el seguro de vida funciona de forma diferente (los beneficiarios cobran la indemnización).
  • Suscripciones: Revistas, plataformas digitales, servicios periódicos.
  • Préstamos y deudas: Los herederos responden de las deudas del fallecido, incluidas hipotecas, préstamos personales y saldos de tarjetas de crédito.
  • Contratos pendientes de ejecución: Si el fallecido había comprado algo que aún no le habían entregado, los herederos tienen derecho a recibirlo.

Contratos que se extinguen

Algunos contratos, por su propia naturaleza, no pueden continuar tras el fallecimiento:

  • Servicios personalísimos: Contratos que dependían de las cualidades personales del fallecido, como un encargo artístico o profesional.
  • Seguros de vida del asegurado: El seguro se ejecuta (se paga a los beneficiarios), no se transmite.
  • Contratos intuitu personae: Aquellos celebrados en atención a la persona concreta, donde la identidad del contratante era esencial.

Primeros pasos tras el fallecimiento

Gestionar los contratos de un familiar fallecido requiere seguir ciertos pasos y disponer de la documentación adecuada. Cuanto antes actúes, menos problemas tendrás con cobros indebidos.

Documentación necesaria

Para que las empresas reconozcan tu condición de heredero y te permitan gestionar los contratos, necesitarás:

  • Certificado de defunción: Lo expide el Registro Civil. Es el documento básico que acredita el fallecimiento.
  • Certificado de últimas voluntades: Lo solicitas en el Ministerio de Justicia (hay que esperar 15 días hábiles desde el fallecimiento). Indica si hay testamento registrado y dónde.
  • Testamento: Si lo hay, se obtiene en la notaría donde se otorgó. Es el documento que establece quiénes son los herederos.
  • Declaración de herederos: Si no hay testamento, los herederos legales deben tramitar ante notario una declaración de herederos abintestato.
  • DNI del heredero: Para acreditar tu identidad.

Comunicar el fallecimiento

Haz una lista de todas las empresas e instituciones a las que debes avisar del fallecimiento:

  • Compañías de suministros: Luz, gas, agua, teléfono, internet. Si no avisas, seguirán facturando.
  • Entidades financieras: Bancos, cajas, gestoras de fondos. Bloquearán las cuentas hasta que se acredite la herencia.
  • Aseguradoras: Tanto para reclamar indemnizaciones (vida, accidentes) como para dar de baja o cambiar titularidad de otras pólizas.
  • Suscripciones y servicios: Plataformas de streaming, gimnasios, revistas, cualquier servicio con cobro periódico.
  • Administración: Hacienda, Seguridad Social, ayuntamiento (IBI, basuras).

Por tipo de contrato

Cada tipo de contrato tiene sus particularidades a la hora de gestionarlo tras un fallecimiento. Aquí tienes una guía por categorías.

Suministros (luz, gas, agua)

Los contratos de suministros básicos siguen generando facturas mientras estén activos. Tienes dos opciones: cambiar la titularidad si vas a seguir usando el suministro, o dar de baja el contrato si ya no lo necesitas.

Para cambiar la titularidad:

  1. Contacta con la compañía (teléfono, web o presencialmente).
  2. Aporta la documentación que acredite tu condición de heredero.
  3. Facilita los datos del nuevo titular (DNI, datos de contacto, cuenta bancaria).
  4. Las condiciones del contrato se mantienen, aunque puedes aprovechar para negociar.

Para dar de baja:

  1. Solicita la baja del contrato.
  2. Aporta el certificado de defunción.
  3. Te harán una liquidación del consumo hasta la fecha.
  4. No pueden cobrarte ninguna penalización por baja debida a fallecimiento.

Telecomunicaciones

El proceso es similar al de los suministros, pero con una particularidad importante: muchos contratos de telefonía tienen cláusulas de permanencia. Si el fallecido tenía permanencia activa y das de baja el contrato, no pueden cobrarte la penalización. El fallecimiento es causa justificada de baja sin penalización, y si te la cobran, reclama.

La baja por fallecimiento debe ser gratuita, sin aplicar penalizaciones de permanencia, y solo debes pagar el consumo realizado hasta la fecha del fallecimiento.

Seguros

Cada tipo de seguro tiene un tratamiento diferente:

Seguro de vida: Es el caso más relevante económicamente. Los beneficiarios designados en la póliza cobran la indemnización. Esta cantidad no forma parte de la herencia (salvo que los beneficiarios sean "los herederos legales"), así que no tributa por Impuesto de Sucesiones sino por IRPF en la parte que corresponda. El plazo para reclamar es de 5 años desde el fallecimiento.

Seguro de hogar: Se transmite a los herederos junto con la vivienda. Puedes mantenerlo (cambiando la titularidad) o darlo de baja. Si vais a vender la vivienda, lo lógico es dar de baja el seguro.

Seguro de coche: Se transmite con el vehículo. Si heredas el coche, necesitarás cambiar la titularidad de la póliza o contratar una nueva. Si el vehículo se vende, el nuevo propietario deberá contratar su propio seguro.

Seguro de salud: Normalmente se extingue con el fallecimiento del tomador. Si había dependientes en la póliza (cónyuge, hijos), algunas compañías les dan un periodo de adaptación para contratar su propia póliza sin pasar nuevos exámenes médicos.

🛡️ si heredas un seguro de salud, exige mantener las condiciones sin nuevo cuestionario

Cuando muere el tomador del seguro de salud familiar, algunas aseguradoras intentan "hacer un nuevo contrato" a los dependientes. Esto significa nuevo cuestionario médico donde tendrás que declarar enfermedades que antes no tenías. Exige por escrito que te mantengan como continuación del contrato anterior, sin nuevo cuestionario. Muchas lo hacen si insistes.

Préstamos y deudas

Esta es la parte menos agradable de las herencias: los herederos también heredan las deudas del fallecido.

  • Hipoteca: Sigue vinculada a la vivienda. Si heredas la casa, heredas la hipoteca.
  • Préstamos personales: Los herederos responden con los bienes heredados (y con los propios si aceptan la herencia pura y simple).
  • Tarjetas de crédito: El saldo pendiente es una deuda más de la herencia.

Si sospechas que las deudas pueden superar el valor de los bienes, tienes opciones:

  • Aceptar a beneficio de inventario: Solo respondes de las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados.
  • Renunciar a la herencia: No heredas nada, ni bienes ni deudas.
  • Negociar con acreedores: Algunas entidades aceptan quitas o refinanciaciones.

Cuentas bancarias

Cuando comunicas el fallecimiento al banco, las cuentas se bloquean hasta que se acredite quiénes son los herederos y cómo se reparte el patrimonio.

El proceso es:

  1. Comunicas el fallecimiento con el certificado de defunción.
  2. El banco bloquea las cuentas (no se pueden hacer movimientos).
  3. Presentas la documentación de la herencia (testamento o declaración de herederos, aceptación).
  4. Se reparte el saldo según lo establecido.

Ten en cuenta que mientras las cuentas están bloqueadas, los recibos domiciliados siguen intentando cobrarse. Da de baja los servicios innecesarios lo antes posible para evitar que se acumulen facturas.

Suscripciones digitales

Netflix, Spotify, Amazon Prime, gimnasios online, apps de pago... Todas estas suscripciones seguirán cobrándose mientras estén activas. Haz una lista de todas las que tuviera el fallecido y contacta con el soporte de cada plataforma para darlas de baja. Si la tarjeta asociada se bloquea, eventualmente fallarán los cobros, pero es mejor cancelarlas formalmente para evitar reclamaciones de deuda.

🧠 busca en el email del fallecido "suscripción", "renovación", "membership"

Si tienes acceso al email del fallecido, busca esas palabras clave. Encontrarás todas las suscripciones activas que ni sabías que existían: apps, donaciones mensuales, servicios olvidados. Cada una es dinero que se está yendo cada mes. Una búsqueda de 10 minutos puede ahorrarte cientos de euros en cobros fantasma.

Reclamaciones heredadas

Los derechos de reclamación también se heredan. Si el fallecido tenía una reclamación en curso o tenía derecho a reclamar algo, los herederos pueden continuar o iniciar esa reclamación.

Puedes continuar reclamaciones

Si el fallecido tenía una reclamación abierta, ya sea ante una empresa, ante Consumo, o incluso en los tribunales, los herederos pueden continuarla. Para ello, debes acreditar tu condición de heredero mediante la documentación correspondiente, y te subrogas (ocupas) la posición del fallecido en el procedimiento.

Por ejemplo, si tu padre había reclamado a una aerolínea por un vuelo cancelado y falleció antes de que se resolviera, tú puedes continuar esa reclamación y cobrar la compensación que le correspondía.

Puedes iniciar nuevas

Incluso si el fallecido no llegó a reclamar en vida, los herederos están legitimados para iniciar reclamaciones por hechos que le afectaron. El ejemplo más habitual son las cláusulas abusivas de las hipotecas: muchas personas mayores firmaron hipotecas con cláusulas suelo o gastos indebidos, y sus herederos pueden reclamar la devolución de lo cobrado de más aunque el fallecido nunca llegara a reclamar.

Problemas frecuentes

Gestionar los contratos de un fallecido puede dar lugar a conflictos con las empresas. Estos son los problemas más habituales y cómo resolverlos.

Cobros tras el fallecimiento

Es muy común que las empresas sigan cobrando servicios después del fallecimiento, especialmente si no les has comunicado la defunción. Si descubres que han seguido facturando un servicio que nadie estaba usando:

  1. Comunica el fallecimiento por escrito, preferiblemente por un medio que deje constancia (email con acuse de recibo, burofax).
  2. Solicita la baja del servicio y la devolución de lo cobrado desde la fecha del fallecimiento.
  3. Si se niegan, reclama formalmente. No tienen derecho a cobrar por un servicio que nadie ha podido usar.

Penalizaciones por baja

Las empresas de telecomunicaciones y algunos otros servicios no pueden cobrar penalizaciones de permanencia cuando la baja se produce por fallecimiento del titular. Es un derecho expresamente reconocido. Si te cobran una penalización, reclama inmediatamente: tienes derecho a que te la devuelvan.

Negativa a cambiar titular

Algunas empresas ponen trabas excesivas al cambio de titularidad, pidiendo documentación innecesaria o demorando el trámite. Si la compañía te pone problemas:

  1. Asegúrate de que estás aportando la documentación correcta (certificado de defunción, acreditación de heredero).
  2. Reclama por escrito explicando la situación.
  3. Si el problema persiste, acude a la OMIC de tu localidad.

Deudas superiores a la herencia

Si al hacer inventario de la herencia descubres que las deudas superan el valor de los bienes, no estás obligado a asumirlas con tu propio patrimonio. Tienes dos opciones principales:

  • Renunciar a la herencia: No heredas nada, ni bienes ni deudas. Se hace ante notario.
  • Aceptar a beneficio de inventario: Heredas los bienes, pero solo respondes de las deudas hasta donde alcancen esos bienes. Tu patrimonio personal queda protegido.

En situaciones complicadas, consulta con un notario o abogado antes de tomar decisiones.

Datos personales del fallecido

La Ley de Protección de Datos (LOPDGDD) contiene una regulación específica sobre los datos de las personas fallecidas que permite a los herederos ejercer ciertos derechos.

LOPDGDD y fallecidos

La ley española reconoce que los herederos, y también las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, pueden ejercer los derechos de protección de datos en nombre del fallecido. Esto incluye:

  • Acceso: Obtener los datos personales del fallecido que tenga una empresa o administración.
  • Supresión: Solicitar la eliminación de datos que ya no procede conservar.
  • Rectificación: Corregir información errónea sobre el fallecido.

Esto es especialmente útil cuando necesitas información que tenía una empresa (historial de un servicio, facturas antiguas) o cuando quieres que se eliminen datos que ya no deberían conservarse.

Perfiles en redes sociales

Las principales redes sociales tienen procedimientos para gestionar las cuentas de personas fallecidas:

  • Convertir en cuenta conmemorativa: Facebook y otras redes permiten transformar el perfil en un memorial donde amigos y familiares pueden seguir dejando mensajes.
  • Solicitar eliminación: Puedes pedir que se elimine completamente la cuenta.
  • Contacto de legado: Algunas plataformas permiten al usuario designar en vida a alguien que gestionará su cuenta cuando fallezca.

Cada plataforma tiene su propio procedimiento. Generalmente necesitarás acreditar el fallecimiento (certificado de defunción) y tu relación con el fallecido.

Modelo de comunicación de fallecimiento

COMUNICACIÓN DE FALLECIMIENTO Y SOLICITUD DE [BAJA/CAMBIO DE TITULAR]

A la atención de [EMPRESA]
Referencia de contrato/cliente: [NÚMERO]

Fecha: [FECHA]

Comunico el fallecimiento de D./Dña. [NOMBRE DEL FALLECIDO],
titular del contrato referenciado, ocurrido el [FECHA DE
FALLECIMIENTO].

Como [heredero/a / albacea / representante], SOLICITO:

☐ BAJA del contrato con efectos desde el fallecimiento
☐ CAMBIO DE TITULAR a nombre de:
   - Nombre: [NOMBRE]
   - DNI: [NÚMERO]
   - Dirección: [DIRECCIÓN]
   - Teléfono: [TELÉFONO]

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA:
- Certificado de defunción
- [Testamento / Declaración de herederos]
- DNI del solicitante
- [Otros documentos requeridos]

En caso de baja, solicito:
- Liquidación del servicio hasta la fecha de fallecimiento
- Devolución de importes pagados por anticipado
- Sin aplicación de penalizaciones por permanencia

Datos de contacto para gestiones:
Teléfono: [TELÉFONO]
Email: [EMAIL]

Firma: [FIRMA]
Nombre: [NOMBRE DEL SOLICITANTE]
DNI: [NÚMERO]

Consejos prácticos

Gestionar los contratos de un familiar fallecido puede ser abrumador, especialmente en un momento emocionalmente difícil. Estos consejos te ayudarán a organizarte.

Organizar la gestión

  1. Haz una lista de todos los contratos del fallecido: suministros, seguros, suscripciones, préstamos, cuentas bancarias.
  2. Prioriza los que generan gastos: Primero los servicios que siguen facturando, para evitar que se acumulen deudas innecesarias.
  3. Documéntate antes de contactar: Ten preparada la documentación necesaria antes de llamar a las empresas.
  4. Guarda copia de todo: Cada comunicación, cada documento que envíes, cada respuesta que recibas.

Evitar problemas

Para minimizar complicaciones:

  • Actúa lo antes posible. Cuanto más tiempo pase, más facturas se acumularán y más difícil será resolver problemas.
  • No ignores las facturas que llegan. Aunque estén a nombre del fallecido, son deuda de la herencia.
  • Cambia las domiciliaciones bancarias de los servicios que vayas a mantener a una cuenta operativa.
  • Cancela todos los servicios innecesarios para evitar seguir pagando por cosas que nadie usa.

Cuándo necesitas ayuda profesional

Algunas situaciones requieren el asesoramiento de un notario o abogado:

  • Herencias con deudas importantes: Para valorar si conviene renunciar o aceptar a beneficio de inventario.
  • Conflictos entre herederos: Cuando no hay acuerdo sobre el reparto.
  • Bienes en el extranjero: La fiscalidad y los trámites se complican.
  • Situaciones complejas: Empresas familiares, patrimonios elevados, testamentos conflictivos.

Conclusión

Gestionar los contratos de consumo de un familiar fallecido es una tarea más entre las muchas que hay que afrontar en esos momentos difíciles. Sin embargo, no dejarla para más tarde te evitará problemas y gastos innecesarios.

Recuerda los puntos clave:

  1. Comunica el fallecimiento a las empresas lo antes posible para evitar que sigan facturando.
  2. Da de baja los servicios innecesarios inmediatamente.
  3. Cambia la titularidad de los contratos que vayas a mantener.
  4. No pagues penalizaciones de permanencia por bajas debidas a fallecimiento: no tienen derecho a cobrártelas.
  5. Los herederos pueden continuar las reclamaciones que tenía el fallecido, o iniciar nuevas por hechos anteriores.

No dejes que la burocracia se acumule. Organízate, documéntate, y gestiona los contratos de forma ordenada.

Para saber más

Claimeet recomienda

Si heredas una hipoteca antigua (de antes de 2013), revisa si tiene cláusula suelo o si el fallecido pagó los gastos de constitución. Aunque el titular nunca llegara a reclamar, tú como heredero puedes hacerlo y recuperar miles de euros que le cobraron de más.

Eduardo Lázaro

Sobre el autor

Eduardo Lázaro

Ingeniero de software y entusiasta del análisis de procesos legales y de consumo. Con una trayectoria vinculada a la arquitectura de información desde 2003, Eduardo aplica la lógica para desglosar normativas complejas en guías accesibles. Ha colaborado con varias organizaciones en la defensa de los derechos de los usuarios y la transparencia digital.

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